Existen diferentes razones por las que nos podemos ver en la necesidad de cambiar al titular de la luz en una vivienda o local de Cáceres, un proceso que es rápido y sencillo, pero sobre todo muy importante llevarlo a cabo ya que en todo momento, el contrato deberá figurar a nombre de la persona responsable correspondiente.
Cambiar al titular de un contrato de luz en la provincia cacereña, es un proceso sencillo, pero que entendemos, no todo el mundo lo pueda ver así, por lo que siempre queda la posibilidad de contratar los servicios de una empresa electricista autorizada que te ayude con el proceso.
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¿Cómo puedo cambiar al titular de la luz en la provincia de Cáceres?
A lo largo de este artículo vamos a guiarte paso a paso para que puedas cambiar al titular del contrato sea cual sea la población extremeña en la que te encuentres.
Es importante que sigas nuestros consejos y recomendaciones para que el proceso no se interrumpa y tengas que volver a empezar.
¿Quién es el titular del contrato eléctrico y por qué cambiarlo?
El titular de la luz es la persona responsable del suministro eléctrico, es decir, el que se tiene que asegurar de que se realicen todos los trámites y pagos que sean necesarios durante su vigencia.
¿En qué casos hay que cambiar al titular de la luz?
Estas son las situaciones más comunes en Extremadura, en los que se suele cambiar al titular del contrato de la luz:
Venta de una vivienda en la provincia de Cáceres
En caso de que se produzca la venta de una vivienda o local comercial, el nuevo propietario deberá cambiar al titular de la luz por dos razones:
- El anterior propietario quedará libre de responsabilidad frente al contrato de suministro relacionado con esta vivienda.
- Es la única forma que tiene el nuevo propietario de realizar los cambios necesarios, incluyendo cambios de tarifa o incluso poner reclamaciones.
Alquiler de vivienda o local comercial en Cáceres
En el caso de alquiler de una propiedad en Cáceres, es algo que ya depende del acuerdo al que lleguen arrendador y arrendatario.
Si el arrendador se hace cargo de los pagos, generalmente conservará la titularidad, pero en caso contrario, quizás al inquilino le pueda interesar ser el titular para gestionar la compañía y los servicios suministrados.
En caso de divorcio del titular
Si se produce un divorcio o separación, lo más aconsejable es que el titular del contrato de suministro eléctrico sea aquella persona que se queda la vivienda. Esto evitará muchos posibles conflictos.
Fallecimiento del anterior titular de la luz
Cuando se produce un fallecimiento, es necesario que una nueva persona se haga cargo de la titularidad de la luz.
Generalmente se pondrá a nombre de alguna de las personas que sigan residiendo en ella, o directamente se pondrá a nombre del heredero antes o después de realizar los trámites de la herencia.
«Para ello va a ser necesario presentar el certificado de defunción del anterior titular».
¿Qué hacer si la vivienda se va a quedar vacía durante muchos años?
Si por cualquier razón la vivienda va a quedar vacía, lo más aconsejable en estos casos es dar de baja el suministro eléctrico por varias razones:
- La factura de la luz tiene costes fijos que habrá que seguir abonando aunque no haya consumo.
- Se evitarán riesgos innecesarios relacionados con el servicio por dificultad en la comunicación.
- La vivienda dejará de tener electricidad, lo que reduce el riesgo de incendio.
- En caso de ocupación, los delincuentes no tendrán electricidad.
Recuerda que en caso de dar de baja el contrato de suministro eléctrico, se llevarán el contador, por lo que para volver a disponer de electricidad, será necesario dar de alta el servicio de nuevo. Si no sabes cómo se hace, aquí te lo explicamos: ¿Cómo dar de alta la luz en la provincia de Cáceres?
¿Cuáles son los riesgos de no cambiar al titular de la factura eléctrica?
Cómo es el proceso para cambiar al titular de la luz
Vamos a conocer todos los detalles relacionados con el proceso para el cambio de titularidad de la luz:
¿Qué documentación hace falta para cambiar al titular de la luz en Cáceres capital y provincia?
Esto es lo que vamos a necesitar para cambiar la titularidad del contrato si la propiedad está en Cáceres:
- Modelo de autorización para el cambio de titularidad, el cual facilitará la compañía comercializadora.
- Datos personales del antiguo titular de la luz.
- Datos personales del nuevo titular de la luz.
- Dirección completa donde se encuentra ubicado el punto de suministro.
- Número CUPS de la luz del contrato actual.
- Datos bancarios donde se domiciliarán los pagos del nuevo titular.
- Contrato de compra o alquiler de la edificación.
- En algunos casos también hará falta la copia de la escritura.
¿Cómo hay que proceder para cambiar al titular de la luz?
El proceso para cambiar al titular de la luz es muy sencillo, solo tienes que seguir estos tres pasos:
- Contacta con tu compañía comercializadora para indicar tus intenciones y que te informen de todos los detalles.
- Deberás presentar todos los documentos indicados en el apartado anterior, e incluso es posible que te pidan algo de información adicional.
- Ya no queda más que esperar a que realicen el proceso y pronto la luz estará a tu nombre.
¿Cómo dar de baja la luz?
Comentábamos que, en el caso de que la vivienda vaya a quedar vacía, es posible que nos interese dar de baja la luz, en cuyo caso habrá que ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente de la comercializadora actual para presentar esta solicitud.
Dicho contrato se podrá realizar en persona en las oficinas de la empresa, a través de Internet o por teléfono, de manera que se nos informará de los trámites a llevar a cabo para realizar el proceso.
Recuerda que cuando des de baja la luz en la provincia de Cáceres, retirarán el contador, por lo que para volver a darla de alta, deberás realizar un proceso completo de alta del contrato de la luz y abonar una serie de costes como por ejemplo, contratar los servicios de un electricista certificado que pueda firmar el boletín eléctrico en Cáceres.
Preguntas frecuentes sobre cómo modificar al titular de la luz en Cáceres
Aunque el titular del contrato es el responsable del pago de las facturas, en todo momento dichas facturas quedarán asociadas al punto de suministro.
Esto quiere decir que si hay facturas pendientes de pago y se quiere realizar un cambio de titularidad, las facturas pendientes pasarán al nuevo titular.
Si nos encontramos ante esta situación, lo que hay que hacer es realizar un cambio de titular sin subrogación, con lo cual, se tratará de un contrato diferente y, por tanto, las facturas sin abonar seguirán siendo responsabilidad del anterior titular.
En este caso será necesario aportar una copia del contrato de compra o alquiler de la vivienda a la compañía.
Esto es todo lo que tenemos que saber acerca de cómo cambiar al titular de la luz y las particularidades del contrato con la comercializadora, de manera que a partir de ahora os aconsejamos que lo tengáis todo siempre bien regularizado para evitar problemas.
Es importante que, en caso de que se vaya a realizar un cambio de titularidad, se informe al actual titular del contrato.
Sin embargo, si la persona está residiendo en esa vivienda por ejemplo porque la haya alquilado o porque la haya comprado, entonces puede realizar el trámite por su cuenta, ya que el cambio de la titularidad del contrato lo tiene que realizar el nuevo titular.
Esto quiere decir que si el arrendador o el antiguo propietario ponen problemas para este cambio, se puede realizar igualmente, siempre y cuando se disponga de los datos necesarios.
Es un documento a través del cual se solicita el cambio de titularidad de la luz.
Es obligatorio para que la comercializadora pueda conocer todos los datos.
El titular de la luz, ¿tiene que ser siempre el propietario de la vivienda?
No es necesario. El propietario puede ser una persona distinta al titular de los suministros.
Cambiar al titular de la luz es un proceso gratuito.
Este proceso tarda un máximo de 20 días, aunque por norma general se resuelve bastante antes.
Este proceso se puede realizar tantas veces como sea necesario, sin ningún tipo de penalización.