CIRCULAR CONAIF 30/20 – MODIFICACIÓN REAL DECRETO 463/2020
19 Mar, 2020 | Circulares

Envío circular de Conaif con información destacada que debes tener en cuenta:
NUEVAS MEDIDAS EN RELACIÓN CON EL ESTADO DE ALARMA |
Mediante la presente Circular te remito el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19; publicado en el BOE nº 73 de hoy miércoles de 18 de marzo de 2020 y en vigor desde esta misma fecha.
Te destaco las principales modificaciones:
- Se establece que la circulación de las personas permitida debe realizarse de manera individual, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, a menores, a personas mayores, o exista otra causa debidamente justificada.
- Se añaden a los establecimientos comerciales exceptuados de la suspensión de apertura a los establecimientos sanitarios y a los centros o clínicas veterinarias y se limita la actividad de peluquería solamente a los servicios a domicilio.
- Se podrá suspender cualquier actividad que, a juicio de la autoridad competente, pueda suponer un riesgo de contagio por las condiciones en que se esté desarrollando.
- Se habilita al Ministro de Sanidad para modificar, ampliar o restringir las actividades previstas en el Real Decreto, de manera que pueda responderse con rapidez y eficacia a situaciones no previstas en el mismo.
- La suspensión de los trámites administrativos no afecta a los trámites de afiliación, la liquidación y la cotización de la Seguridad Social, que son trámites que deben realizarse necesariamente en los plazos previstos.
En la confianza de que esta información sea de utilidad, recibe un cordial saludo.
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Haga clic en los siguientes enlaces para visualizar la documentación adjunta:
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