La Orden SND/385/2020, de 2 de mayo (publicada y con entrada en vigor el 3 de mayo), modifica la Orden SND/340/2020, para incluir, dentro de las obras exceptuadas de la suspensión, las que se realicen en locales, viviendas u otras zonas delimitadas del edificio no habitadas, o a las que no tengan acceso los residentes mientras duren las obras, siempre que se cumplan todas las siguientes condiciones.
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